Metalúrgicos. Validez y vigencia de la Contribución con destino a ADIMRA

Adjuntamos al pie la nota publicada en los últimos días de diciembre de 2017 en la Revista ERREPAR- Práctica y Actualidad Laboral Previsional, bajo el título “METALÚRGICOS. VALIDEZ Y VIGENCIA DE LA CONTRIBUCIÓN CON DESTINO A ADIMRA”.

En la citada y bajo un estricto análisis legal, se refuerza la vigencia y validez del Acuerdo Nº 58/01, concluyéndose que:

1- El acuerdo 58/2001 es un convenio colectivo de trabajo celebrado y homologado en el marco de la ley Nº 14.250.

2- Su aplicación resulta obligatoria para todos los trabajadores y empresas comprendidos en dicho ámbito de representación, con independencia de su afiliación.

3- Resulta irrelevante que una determinada empresa pueda estar afiliada a una o más entidades empresarias distintas de ADIMRA.

4- El Acuerdo 58/2001 conserva su validez, vigencia y eficacia jurídica.

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